Como cuando se presenta una estatua y se levanta la tela que la cubre, los funcionarios de Magnetto nos muestran una más de su serie «la mentira». Se informa sobre la Ley votada por el Senado, pero reparten menos de 40 cartas. Juegan con sus lectores guardándose el as de espadas y algún «tres».
No hay mucho que hacer para demostrar que, en la discusión por la Ley, los magnetto quitan el artículo más importante cuando en todos sus editoriales dejan afuera el artículo de la Comisión Bicameral que tendrá el control de toda la actividad. Es el Artiículo 2 y dice «crease en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, la Comisión Bicameral de Seguimiento, Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios que tendrá el carácter de comisión permanente. La Comisión Bicameral ejercerá el control de la actividad mencionada en el Artículo 1 de la presente ley. La misma estará integrada por ocho senadores y ocho diputados
designados por el Presidente de las respectivas cámaras a propuesta de los respectivos bloques parlamentarios, debiendo observarse estrictamente la proporción de la integración de los sectores políticos que estén representados en el seno de cada Cámara».
Vean del texto de la ley los artículos 18 y 20, para tener una idea más acabada del valor del seguimiento del Congreso. Entre la misma y Comisión Federal Asesora cuya integración puede leerse en el Art.12, las garantías de la llegada del papel a todos los inscriptos en el Registro Nacional, es total. Si el lector al que se le dice que el papel estará en manos del gobierno, se le da a conocer el Art.2, el lector comprendería que eso no es así. Por qué es más democrático que el papel esté en las manos de Magnetto y no en las del Congreso Nacional y de una Comisión Federal Asesora de la Autoridad de Aplicación, de raigambre profundamente democrática, es lo que debería responderse.
No hay mucho que hacer para demostrar que, en la discusión por la Ley, los magnetto quitan el artículo más importante cuando en todos sus editoriales dejan afuera el artículo de la Comisión Bicameral que tendrá el control de toda la actividad. Es el Artiículo 2 y dice «crease en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, la Comisión Bicameral de Seguimiento, Fabricación, Comercialización y Distribución de Pasta Celulosa y de Papel para Diarios que tendrá el carácter de comisión permanente. La Comisión Bicameral ejercerá el control de la actividad mencionada en el Artículo 1 de la presente ley. La misma estará integrada por ocho senadores y ocho diputados
designados por el Presidente de las respectivas cámaras a propuesta de los respectivos bloques parlamentarios, debiendo observarse estrictamente la proporción de la integración de los sectores políticos que estén representados en el seno de cada Cámara».
Vean del texto de la ley los artículos 18 y 20, para tener una idea más acabada del valor del seguimiento del Congreso. Entre la misma y Comisión Federal Asesora cuya integración puede leerse en el Art.12, las garantías de la llegada del papel a todos los inscriptos en el Registro Nacional, es total. Si el lector al que se le dice que el papel estará en manos del gobierno, se le da a conocer el Art.2, el lector comprendería que eso no es así. Por qué es más democrático que el papel esté en las manos de Magnetto y no en las del Congreso Nacional y de una Comisión Federal Asesora de la Autoridad de Aplicación, de raigambre profundamente democrática, es lo que debería responderse.
Víctor Hugo